El compromiso de actividad del INEM es una obligación que contrae un beneficiario de prestaciones por desempleo en España, por el cual ha de buscar activamente trabajo y aceptar una oferta adecuada a su perfil profesional. Asimismo, esta persona debe asistir a actividades de información, formación, reconversión, orientación, motivación o inserción profesional obligatorias para mejorar su inserción laboral.
Cada beneficiario debe participar en una tipología de cursos prevista en la normativa que regula las prestaciones de desempleo en nuestro país, pudiendo ser sancionado con una infracción leve si no se asiste a estos. No obstante, mantener el compromiso de actividad de INEM y superar los cursos formativos tienen la ventaja de incrementar las posibilidades de encontrar un trabajo, puesto que dota de los conocimientos y herramientas demandados por las empresas.
La participación en las acciones de mejora del INEM tiene un carácter voluntario los 30 primeras días de desempleo en aquellos trabajadores que reciban prestaciones contributivas; de tal modo que el trabajador podrá decidir si quiere asistir o no a una actividad ofrecida por el INEM. No obstante, pasado este tiempo el beneficiario de una ayuda debe asistir a los cursos propuestos a su perfil si no quiere ser sancionado.
Las actividades propuestas pueden ir en consonancia del perfil profesional de los beneficiarios de prestaciones por desempleo, aunque el trabajador también tiene la posibilidad de elegir una formación nueva para abrirse nuevas vías de empleo. Con todo, los Servicios Públicos de Empleo se reservan la posibilidad de revisar el cumplimiento del compromiso de actividad en las víctimas de violencia de género.
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